NOMBRE COMPLETO: Jaime Enrique Vásquez Sáenz
EDAD al momento de la detención o muerte: 24-11-47, 27 años a la fecha de detención
PROFESION U OCUPACION: Profesor
FECHA de la detención o muerte: 13 de febrero de 1975 LUGAR de la detención o muerte: Detenido en momentos que llegaba a la casa de Iván Montti Cordero, ubicada en Los Illanes 95, Las Condes ORGANISMO RESPONSABLE de la detención o muerte: Dirección de Inteligencia Nacional (DINA)
TIPO CASO de violación de derechos humanos: Detenido Desaparecido – (Caso del Los 119)
HISTORIA PERSONAL Y POLITICA: Casado, Militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, MIR-Chile
SITUACION REPRESIVA
Jaime Enrique Vásquez Sáenz, casado, profesor, estdudiante de Construccion Civil, en la UTE, militante del MIR, fue detenido el 13 de febrero de 1975, por agentes de la DINA, en momentos que llegaba a la casa de Iván Montti Cordero, ubicada en Los Illanes 95, Las Condes, a quien habían arrestado horas antes junto a hijo de 5 años de edad.
Los efectivos de seguridad se encontraban en el interior del inmueble manteniendo en calidad de detenidos al dueño de casa, a Carmen Díaz Darricarrere y Alan Bruce Catalán. Todos ellos, al igual que la víctima, se encuentran en calidad de detenidos-desaparecidos.
Al día siguiente, los agentes allanaron el domicilio de Jaime Vásquez ubicado en José Miguel de la Barra 449, arrestando a René Roberto Acuña Reyes, quien resultó herido en el cuello por impactos de bala y, a pesar que sangraba profusamente, no fue atendido oportunamente en el lugar de los hechos. Todos los aprehendidos fueron trasladados a Villa Grimaldi, desde donde el menor fue trasladado al Hogar de Menores de Carabineros. Jaime Vásquez y René Acuña, días antes de ser detenidos estuvieron veraneando en el balneario de San Sebastián.
Esta casa de veraneo fue visitada el 14 de febrero de 1975 por un civil que portaba un papel escrito por Jaime Vásquez, en el que se solicitaba que se entregara al portador de la misiva parte de una cantidad de dinero y que, posteriormente, le entregaran a la misma persona el resto del dinero que sería traído de Santiago.
A pesar que el civil no quiso identificarse, a la familia de Vásquez Sáenz no le cupo duda que era un agente de la DINA, por cuanto manifestó que tanto Acuña como Vásquez se encontraban bien pero que estaban siendo vigilados. Del ingreso de la víctima en Villa Grimaldi, hay constancia en los testimonios de personas que sobrevivieron a su reclusión en ese recinto de la DINA.
Doña Amelia Odette Negrón Larre, declara en el proceso por el secuestro de Eugenio Iván Montti Cordero, que vio cuando este grupo de detenidos llegó a Villa Grimaldi, pues escuchó sus nombres cuando le fueron asignadas las celdas; los vio pasar varias veces a Montti, Vásquez y Bruce cuando los llevaban a los servicios higiénicos, los tres andaban con los pies con grillos y como no podían caminar en forma normal lo hacían a saltos, por lo que eran objeto de mofas por parte de los funcionarios de DINA. Doña Gladys Díaz Armijo, expone en el proceso por el secuestro de Bruce Catalán, las torturas de que fue objeto junto al detenido-desaparecido Juan Carlos Perelman en Villa Grimaldi, lugar donde estuvo hasta el 28 de febrero de 1975, fecha en que sacaron a Juan Carlos junto a un grupo de detenidos, entre los cuales se encontraban Jaime Vásquez, Carmen Díaz, Iván Montti, y Alan Bruce. Doña Patricia del Carmen Zúñiga Barros, expone en declaración jurada, que fue detenida por la DINA y trasladada a Villa Grimaldi. Allí, el 26 de febrero de 1975, vio cuando llevaban a un grupo de detenidos a «La Torre», entre los cuales estaban Vásquez Sáenz, Montti Cordero, Carmen Díaz Darricarrere, Juan Carlos Perelman, y Rodrigo Ugas Morales.
Posteriormente, doña Gladys Díaz, en declaración jurada, agrega a su testimonio que el día en que el grupo de detenidos nombrados por ella fue sacado de Grimaldi, otra detenida, Amelia Negrón Larré, escuchó cuando un funcionario pedía una gran cantidad de esposas metálicas para el grupo que «iba a Osorno». Acerca del significado más probable de la palabra «Osorno», lo entrega el informe de febrero de 1980 del señor Félix Ermacora, miembro de la Comisión Investigadora de la Situación de los Derechos Humanos en Chile de Naciones Unidas, en el cual se expresa que las destinaciones de los presos eran palabras en clave para indicar el futuro que esperaba a los detenidos. Así por ejemplo Puerto Montt, indicaba que los eliminarían por tierra y Moneda, que se los lanzaría al mar. Otro sobreviviente, Héctor Hernán González Osorio, dirigente del MIR, detenido por la DINA el 6 de diciembre de 1974 y trasladado a Villa Grimaldi, en donde fue sometido a varios tipos de tortura con aplicación de corriente eléctrica en diversas partes del cuerpo -al igual que su esposa quien también se encontraba recluida en ese lugar- indica en su testimonio que junto a otros dirigentes del MIR detenidos, fueron obligados por el Coronel Pedro Espinoza Bravo -en ese entonces jefe de Villa Grimaldi en donde se hacía llamar «Rodrigo Terranova»- a dar a conocer públicamente una declaración dirigida al MIR, para que esa organización dejara de resistir al gobierno militar. Dicha declaración contenía los nombres de los miembros del MIR que estaban detenidos o muertos. En la declaración original, figuraba Jaime Enrique Vásquez Sáenz, como detenido.
Sin embargo, relata Héctor González en declaración jurada, un día antes que esa declaración fuera leída y firmada para su publicación en la prensa, el agente conocido como el «Capitán Miguel» (Miguel Krassnoff Martchenko), le ordenó que pusiera a Jaime Vásquez como muerto, diciéndole que ese era su destino. Dicha conferencia se dio el 19 de febrero de 1975, nueve días antes que se le viera por última vez. El nombre de la víctima figuró junto al de otras 118 personas, en una nómina que publicó la prensa nacional (El Mercurio del 25 de julio de 1975) reproduciendo noticias aparecidas en las publicaciones «Lea» de Argentina y «O’DIA» de Brasil, en las cuales se afirma que dichas personas murieron en el exterior de Chile en enfrentamientos entre grupos extremistas rivales. Dichas publicaciones publicaron un sólo número y sus direcciones como pie de imprenta resultaron ser falsas. El Ministerio de Relaciones Exteriores, ante consultas de los Tribunales de Justicia en los diferentes procesos por detenidos-desaparecidos, desmintió la efectividad de dichas muertes. Las 119 personas habían sido detenidas entre los meses de junio de 1974 y febrero de 1975 y vistas en recintos secretos de la DINA. Todas se encuentran desaparecidas. Su familia realizó múltiples gestiones y diligencias tendientes a dar con su paradero, pero todas resultaron infructuosas; al igual que las gestiones judiciales, que pese a reunirse importantes evidencias de la detención y reclusión de la víctima en un recinto de la DINA, aún se desconoce la suerte final que corrió en manos de ese organismo de seguridad.
GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
El 25 de febrero de 1975, se interpuso un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago, rol 284-75, en favor de Jaime Vásquez y en el de René Acuña. En la tramitación del recurso de amparo se estableció que la víctima no se encuentra procesado por los Tribunales Militares. Asimismo, el Ministro del Interior informó en 4 oportunidades que el amparado no se encontraba detenido por orden de esa Secretaría de Estado. El Regimiento de Aviación de Colina, señaló que el afectado no estaba ni estuvo detenido en esa Unidad. La Corte ofició a ese Departamento militar luego que los recurrentes de amparo pusieran en conocimiento del Tribunal que la víctima, luego de haber estado detenido en Villa Grimaldi ubicado en Avda. Arrieta 8.200, se encontraría incomunicado en ese recinto de la FACH. El 31 de julio de 1975, la Corte rechazó el recurso de amparo con el mérito de los informes recibidos, remitiendo los antecedentes al Juez del Crimen respectivo a fin de instruir proceso por el desaparecimiento de Jaime Vásquez y René Acuña. Los recurrente de amparo apelaron tal resolución ante la Corte Suprema, Tribunal que confirmó el rechazo del recurso de amparo. No hay constancia alguna, que se haya iniciado proceso por el desaparecimiento del afectado, tal como lo ordenara la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago. En junio de 1980, su cónyuge, Carmen Sáenz Cerda, interpuso una querella criminal por el delito de secuestro agravado en la persona de Jaime Vásquez, y en contra de la DINA. El libelo interpuesto ante el señor Ministro en Visita Servando Jordán López, quien se encontraba investigando los casos de detenidos desaparecidos del Departamento de Santiago, entrega en forma detallada las circunstancias en que fuera detenido la víctima y su posterior traslado a Villa Grimaldi. Asimismo, se indica como probable, que los agentes que arrestaron a René Acuña el 14 de febrero de 1975, y entre los cuales había uno que obedecía al apelativo de «El Rucio», sean los mismos que arrestaron el día anterior a Jaime Vásquez Sáenz; afirmándose que «El Rucio» pertenecía a una agrupación de la DINA cuyo jefe era el entonces Teniente de Carabineros Gerardo Godoy. Junto con la querella, se acompañan los testimonios de Rodolfo Balbontín Leal, Gladys Díaz Armijo, y de Patricia Zúñiga Barros. Las dos mujeres expresan haber estado con la víctima en Villa Grimaldi; en tanto que el testigo señala haber visto a Jaime Vásquez en el Regimiento de Osorno. El señor Ministro dejó constancia en el libro la Visita y remitió los autos a la Segunda Fiscalía Militar para su acumulación a la causa 553-78, iniciada a raíz de una querella en contra del General Manuel Contreras Sepúlveda y otros agentes de la DINA. La parte querellante apeló de dicha resolución ante la Corte de Apelaciones de Santiago, Tribunal que confirmó la resolución del Ministro Jordán.
En el proceso 553-78, el Fiscal recibió informes negativos de los diversos hospitales de la Capital, de los diferentes cementerios, del Registro Civil e Identificación, Instituto Médico Legal, Policía Internacional, de Relaciones Exteriores que manifestó que la víctima no abandonó el país por vía del asilo. El General Manuel Contreras Sepúlveda, contra quien está dirigida la querella, respondió por Oficio una minuta elaborada por el Fiscal. En ella, el ex jefe de la DINA afirma que Villa Grimaldi era un lugar de tránsito de detenidos de la DINA y que efectivamente la DINA usaba la Clínica Santa Lucía para la atención de los funcionarios de ese Servicio y de los detenidos (en esa clínica fue atendido René Acuña Reyes). Sin que se realizaran diligencias durante cuatro años, el 20 de noviembre de 1989 el Teniente Coronel de Ejército,, Enrique Ibarra Chamorro, Fiscal General Militar, solicitó para esta causa la aplicación del Decreto Ley de Amnistía (D.L. 2.191), porque el proceso había tenido como finalidad exclusiva la investigación de presuntos delitos ocurridos durante el período comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1978 y porque, durante los 10 años de tramitación, no se había logrado «determinar responsabilidad de persona alguna».
El 30 de noviembre de 1989, la solicitud fue acogida por el 2do. Juzgado Militar, el que sobreseyó total y definitivamente la causa -la que aún se encontraba en etapa de sumario- por «encontrarse extinguida la responsabilidad penal de las personas presuntamente inculpadas en los hechos denunciados». Las partes querellantes apelaron de dicha resolución a la Corte Suprema de Justicia, la que al mes de diciembre de 1992, aún no evacuaba su resolución. (Más información en el caso de Eduardo Alarcón Jara, detenido el 30 de julio de 1974). El agente de la DINA Osvaldo Romo Mena, del cual el General Manuel Contreras había declarado que era un informante de un agente, fue detenido el 16 de noviembre de 1992 después de haber permanecido permanecido en Brasil desde finales del año 1975, bajo la identidad de Osvaldo Andrés Henríquez Mena. Romo Mena fue ubicado por diligencias decretadas en la causa de Alfonso Chanfreau Oyarce, también detenido desaparecido. A diciembre de 1992, el mencionado Romo había reconocido su calidad de agente de la DINA, su participación en operativos de detención y en interrogatorios en los recintos secretos del mencionado organismo. En seis causas de detenidos desaparecidos ha sido encargado reo y tenía pendiente varias citaciones a Tribunales.
Por otra parte, antes de ser expulsado de Brasil había declarado que la DINA le había implementado su salida del país y le había proporcionado documentos de identidad falsa para él y su familia, en un período en que había sido citado por varios Tribunales que tramitaban causas de detenidos desaparecidos. Cabe hacer notar, que la madre de Vásquez Sáenz, doña Sara E. Sáenz, viuda, falleció en mayo de 1991, siendo el afectado su hijo único. Fuente: Vicaria de la Solidaridad